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sábado, 30 de agosto de 2014

¿Qué entendemos por Creative Commons y Derechos de Autor?


Un término no muy conocido a diferencia del de Derecho de Autor es el de Creative Commons. La CC o Creative Commons es una organización sin fines de lucro que permite el uso y compartir tanto la creatividad como el conocimiento a través de una serie e instrumentos jurídicos de carácter jurídico.
Este tipo de organización ha dado lugar a una serie de licencias, muchas de las cuales se pueden apreciar en el dibujo que se presenta a continuación:
En mi opinión es bueno pensar que varias personas piensan que más allá de la autoría se encuentra una potente restricción que no nos permite acceder libremente al uso de la misma, definir otras formas alternativas que no vean un punto comercial me parece fenomental.
En cuanto a ese tema de la autoría quisiera recordar que las ideas no tiene derechos de autor debido a que es muy difícil probar que pertenecen a una por si mismas, por tanto este derecho comienza por la generación de un producto a partir de esa idea, de esa manera se identifica claramente al autor o los autores.
En lo personal creo que los derechos de autor son necesarios, ya que debemos tener en cuenta que cuando hablamos de ellos nos estamos refiriendo a la propiedad de un producto de determinado tipo referido a una persona o empresa, que ha gastado tiempo y dinero, en muchos casos hasta arriesgándose económicamente para que una idea se materialice. Por tanto si yo quisiera utilizar o aplicar una parte de ese producto final lo menos que podría hacer es citando al autor en el caso de un trabajo escrito, por ejemplo, o al menos hacer cierta referencia hacia la o las personas que crearon ese producto.
Creo que lo ideal sería que se identificara la autoría de los productos pero que para poder utilizarlos no se deba pagar en ninguna circunstancia pero que, al menos por delicadeza, se reconozca su nombre.

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